La historia del Banco de España
empieza hace más de dos siglos. El 2 de junio
de 1782 fue fundado, por Real Cédula del Rey
Carlos III, el Banco Nacional de San
Carlos, primer banco moderno español
y antecesor directo del actual Banco de España.
Su capital era privado, pero fue establecido
bajo la protección real, de donde le viene su
nombre.
Su fundación estuvo estrechamente
vinculada con el crecimiento de la deuda pública,
vinculación que pervivió durante su larga vida
y a través de sucesivos cambios. Su primer director
y principal inspirador fue Francisco Cabarrús,
un banquero francés instalado en Madrid, que
dos años antes, en 1780, había ya negociado
con la Real Hacienda la emisión y colocación
de una nueva forma de deuda pública, los llamados
vales reales. Estos vales reales proporcionaban
un interés del 4 por 100 y tenían propiedades
de papel moneda en operaciones al por mayor
y en el pago de impuestos. Uno de los principales
objetivos que se asignaron al nuevo banco fue
precisamente hacer frente a la depreciación
que sufrían los vales reales. Para ello se le
autorizó a adquirirlos, cuando se le presentasen
a la vista, pudiéndolos pagar en metálico. El
Banco de San Carlos tenía capacidad de emitir
billetes al portador, aunque no usó de esta
facultad más que en cortos períodos. Aunque
en los primeros tiempos las operaciones del
Banco fueron bien, más tarde las implicaciones
de la corona española en una serie continuada
de guerras entre 1793 y 1814 llevaron al Banco
a una situación de serias dificultades.
A pesar de que el Estado debía
al Banco, en 1814, más de 300 millones de reales
-lo que equivaldría a 75 millones de pesetas-,
la institución permaneció abierta y en funcionamiento,
reducida a una nueva labor de descuentos en
Madrid y de negociación de letras sobre otras
plazas. Los accionistas del Banco Nacional de
San Carlos confiaban en que la Real Hacienda
devolviera, al menos, una parte de su débito
con la institución, cosa que finalmente ocurrió
en 1829. El entonces ministro de Hacienda, Luis
López Ballesteros, había instituido en la práctica,
y de manera definitiva, el sistema de presupuestos
anuales de gastos e ingresos públicos. Por ello,
precisaba de una entidad financiera que adelantara
recursos, a corto plazo, al Gobierno, a fin
de salvar los desfases entre salidas y entradas
de dinero en el Tesoro. Concibió la idea de
dotar al Banco de San Carlos con un fondo de
40 millones de reales. Sus accionistas, entonces,
fundaron una nueva institución emisora con el
nombre de Banco Español de San Fernando.
Este Banco sí usó, aunque con extraordinaria
prudencia, la facultad de emitir billetes. Hasta
1844 fue el único banco emisor que hubo en España.
En dicho año se crearon otros dos bancos con
poder de imprimir y poner en circulación papel
moneda. Estos fueron el Banco de Isabel
II -también en Madrid, como el de San
Fernando- y el Banco de Barcelona.
En 1846 fue creado el Banco de Cádiz
con la misión de difundir, en dicha ciudad,
los billetes del Banco de Isabel II.
El Banco de Isabel II apareció
como un competidor del Banco Español de San
Fernando en la circulación de papel moneda en
Madrid. En este campo, la nueva entidad mostró
una gran capacidad de iniciativa y de innovación.
Desde el punto de vista de la concesión de crédito,
ambas instituciones seguían pautas diferentes.
El Banco de San Fernando mantenía sus tradicionales
vínculos con el Estado. El Banco de Isabel II
se dirigió con preferencia a satisfacer la demanda
de crédito del sector privado de la economía,
en pleno ciclo al alza en las inversiones y
en la producción. El error de concentrar riesgos
en unos determinados deudores determinó que
este Banco -en un momento de crisis financiera,
en 1847- corriera el riesgo de suspender pagos.
El peligro se salvó con la fusión de los Bancos
de San Fernando y de Isabel II. La entidad resultante
conservó el nombre de Banco Español de San Fernando.
En 1849 fue nombrado director
-luego, en 1851, con el título de gobernador-
Ramón Santillán, experto en finanzas públicas
y antiguo ministro de Hacienda. Santillán afrontó
con éxito la difícil labor de sanear el Banco
de las rémoras causadas por la fusión con el
Banco de Isabel II. A comienzos de la década
de 1850 se planteó la necesidad de extender
la actividad crediticia y la emisión de billetes
a toda la nación, no sólo a Madrid. Por ello
Santillán planteó que el Banco de San Fernando
-con el nombre de Banco de España- abriera sucursales
en las principales ciudades, salvo en Barcelona
y Cádiz, que contaban con sus propias instituciones
emisoras. Pero, tras la revolución liberal de
1854, se impuso el criterio de permitir la creación
de bancos emisores en provincias, con independencia
del Banco de España, cuyo nombre quedó finalmente
instituido en 1856. A pesar del nuevo y ambicioso
título, su acción quedó reducida a Madrid y
a las ciudades de Alicante y Valencia, donde
abrió sus primeras sucursales. En 20 plazas
(Barcelona, Bilbao, Santander, Sevilla, Málaga
y otras) hubo bancos que difundían sus propios
billetes.
En 1874, a consecuencia de
las necesidades financieras del Gobierno comprometido,
a la vez, en una guerra civil y en otra colonial,
se dispuso, a cambio de un crédito de importancia,
la concesión del monopolio de emisión al Banco
de España. Los bancos provinciales tuvieron
que optar por permanecer como bancos comerciales,
sin facultad de imprimir billetes, o por integrarse
en el Banco de España en calidad de sucursales.
Este fue el origen de la red de agencias que
el Banco de España llegó a tener en todo el
territorio nacional, que alcanzó la cifra de
55 en 1887 y que, más adelante, aumentaría hasta
70.
La Ley de Ordenación
Bancaria, promulgada en 1921, regulaba
por primera vez las relaciones entre el Banco
de España y la banca privada, intentando al
mismo tiempo convertir al banco emisor en un
auténtico banco central. Se amplió su capital,
se le confió la inspección de la banca privada,
se estableció un tipo de interés preferente
para las operaciones de redescuento con los
otros bancos y se empezó a regular a través
del Banco de España la política de tipos de
cambio con el exterior.
Precisamente fue en la defensa
del tipo de cambio de la peseta en donde se
manifestaría una creciente oposición entre el
Gobierno y el Banco de España, a lo largo de
la década de 1920 y en la siguiente -ya instaurada
la Segunda República- hasta 1936. El principal
motivo de disconformidad entre el Gobierno y
la institución emisora era la capacidad de disponer
de las considerables reservas de oro acumuladas
por el Banco desde comienzos del siglo XX.
Tras la guerra civil de 1936
a 1939 -en la que se utilizaron las mencionadas
reservas para la compra de armamento- la política
financiera desarrollada por el Gobierno del
general Franco se correspondió con la ideología
autoritaria de su régimen. La
Ley de Ordenación Bancaria de 1946 otorgaba
al Gobierno la mayoría de las competencias en
política monetaria, haciendo del Banco un mero
apéndice del Ministerio de Hacienda. Tras el
Plan de Estabilización de 1959, la política
económica seguida por el régimen de Franco se
hizo menos dirigista, tuvo en consideración
los criterios de mercado en mayor medida y llevó
a cabo una relativa apertura al exterior. Fruto
de ese cambio de rumbo, en el sector financiero,
es la Ley de Bases de Ordenación del Crédito
y la Banca, de 1962, junto con otras normas
complementarias, entre las que destaca el
Decreto-Ley de 7 de junio de dicho año, de Nacionalización
y Reorganización del Banco de España, en
virtud del cual la institución emisora dejó
de ser una sociedad privada. La Ley de Bases
seguía confiando la responsabilidad de la política
monetaria al Ministerio de Hacienda, pero se
reconocían al Banco autoridad y competencias,
en el orden técnico, para ejecutar y desarrollar
las medidas correspondientes Directorio
de España.
Una vez restaurada la democracia,
en la segunda mitad de la década de 1970, el
Banco de España completó, en fases sucesivas,
su configuración como banco central y plenamente
responsable de la regulación y supervisión del
sistema financiero. Primero la Ley de
Órganos Rectores del Banco de España
de junio de 1980, y en fechas más próximas la
Ley de Autonomía de junio
de 1994 han garantizado al Banco una gran libertad
y flexibilidad en la instrumentación de sus
funciones, y muy especialmente en lo que se
refiere a la política monetaria. Por último,
y de acuerdo con lo establecido en el seno de
la Unión Europea -a la que España pertenece
desde 1986-, nuestra nación ha accedido a la
Unión Monetaria, una vez cumplidos los criterios
de convergencia acordados en 1994; en consecuencia
el Banco de España ha quedado integrado en el
Sistema Europeo de Bancos Centrales junto
con los bancos centrales del resto de naciones
de la Unión Monetaria y el
Banco Central Europeo.